Fuente: Madrid/Geoscopio
Con la entrada en vigor del Real Decreto de información a los compradores de coches, una etiqueta, obligatoria, informará de los consumos en todos los vehículos nuevos
En aplicación del Real Decreto 837/2002 (BOE 185 del 3 de agosto de 2002), a partir del sábado pasado (30 de noviembre), es obligatoria la colocación de una etiqueta sobre consumo de combustible y emisiones de CO2 de forma claramente visible en cada modelo de turismo nuevo y en todos los puntos de venta.
Complementariamente, con carácter voluntario, se colocará otra etiqueta que incluye, además de la información mencionada, la clasificación del coche por consumo comparativo con los de su mismo tamaño.
Además estará a disposición de todos los compradores de coche, en los puntos de venta, una Guía cuyo contenido ha sido elaborado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), Entidad Pública Empresarial del Ministerio de Economía, en colaboración con las asociaciones de fabricantes e importadores de coches.
Asimismo en cada establecimiento de venta de coches, se colocará un cartel con los consumos y emisiones de todos los turismos puestos a la venta clasificados por orden de consumo. Los fabricantes también estarán obligados a informar del consumo de los coches en todo material publicitario y de promoción.
El Real Decreto 837/2002 traspone a la legislación española la Directiva 1999/94/CE de la Unión Europea. Tanto la Directiva como el Real Decreto se enmarcan en las políticas encaminadas al cumplimiento de los Acuerdos de Kioto de reducción de las emisiones de CO2.
Para más información sobre la Guía:
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