Industria inscribe en el sistema de primas a las renovables 22 nuevas instalaciones con una potencia total agregada de más de 210 MW
Martes, 16 de Febrero de 2010
Fuente: Geoscopio/Madrid.
Corresponden a tecnologías de las que se espera un mayor crecimiento a lo largo del presente año.
Castilla La Mancha, Cataluña y Andalucía son las Comunidades Autónomas en las que se ubicarán el mayor número de instalaciones.
A algo menos de un año para la finalización del Plan de Energías Renovables 2005-2010, el grado de cumplimiento del mismo es delm 76% para la cogeneración; del 58% para la minihidráulica; del 39% para la biomasa, y del 68% por ciento para el biogás. Las tecnologías solares y eólica superarán ampliamente los objetivos de instalación hasta 2010, permitiendo que España parta con una posición ventajosa para cumplir los objetivos europeos de renovables.
En un mes vencerá el plazo para que las instalaciones fotovoltaicas inscritas en el Registro de preasignación comiencen a vender energía eléctrica, obligación cuyo incumplimiento supondrá la cancelación de la inscripción y la pérdida de la retribución que le hubiera sido asignada, así como la ejecución del aval depositado para participar en el procedimiento.
La potencia asociada a las instalaciones que sean canceladas del registro de preasignación se incorporará como potencia adicional a la convocatoria siguiente a su cancelación.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha inscrito en el Registro de preasignación de retribución de las instalaciones de régimen especial 22 nuevas instalaciones, cuya potencia total agregada suma más de 210 MW. La inscripción es requisito indispensable para que las nuevas instalaciones puedan ser beneficiarias de las primas establecidas para las energías renovables.
Es de destacar que todas las instalaciones inscritas corresponden a tecnologías para las que el registro permanece abierto por no haber superado aún los objetivos establecidos en el Plan de Energías renovables 2005–2010, y de cuya evolución se espera un crecimiento mayor en lo que resta de año.
La relación de las nuevas instalaciones inscritas, desagregada por tecnologías, es el siguiente:
• Cogeneración - 9 instalaciones (176,8 MW).
• Minihidráulica (<10MW) - 5 instalaciones (5,4 MW).
• Biomasa - 4 instalaciones (19,95 MW).
• Biogás - 3 instalaciones (2,49 MW).
• Hidráulica - 1 instalación (5,5 MW).
Castilla La Mancha, Cataluña y Andalucía son las Comunidades Autónomas en las que se ubicarán el mayor número de instalaciones: Comunidad Autónoma Nº Instalaciones Potencia agregada en MW
Andalucía 4 34,66
Aragón 1 5,50
Castilla La Mancha 5 11,12
Castilla y León 2 3,44
Cataluña 4 27,14
Comunidad Valenciana 1 1,65
Islas Baleares 1 41,20
La Rioja 1 9,99
Madrid 1 31,34
País Vasco 2 44,09
Total 22 210,14
A algo menos de un año para la finalización del período de vigencia, con la potencia inscrita en el registro de preasignación, el grado de avance de estas tecnologías respecto de los objetivos previstos en el Real Decreto 661/2007, derivados de Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4) y el Plan de Energías Renovables 2005-2010, es del 76% para la cogeneración; del 58% para la minihidráulica; del 39% para la biomasa, y del 68% por ciento para el biogás.
Las tecnologías solares y eólica, cuyo grado de desarrollo actual es mucho mayor, superarán ampliamente los objetivos de instalación hasta 2010, permitiendo que España parta con una posición ventajosa para cumplir los objetivos europeos de participación de energía renovable en el consumo final.
Así, según la reciente comunicación a la Comisión Europea, que avanza los grandes números del plan de Energías Renovables 2011-2020, actualmente en elaboración, España prevé superar en 2020 en casi 3 puntos porcentuales el objetivo del 20% fijado por la Directiva.
Ejecución de avales de fotovoltaica
Por otro lado, en apenas un mes vencerá el plazo de un año previsto en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, para que las instalaciones fotovoltaicas inscritas en el Registro de preasignación en la primera convocatoria de 2009 sean inscritas con carácter definitivo en el Registro administrativo de instalaciones de producción en régimen especial y comiencen a vender energía eléctrica.
Tal y como establece la norma, el incumplimiento de dicha obligación supondrá la cancelación de la inscripción y la pérdida de la retribución que le hubiera sido asignada en dicha convocatoria. Asimismo, supondrá la ejecución del aval depositado para participar en el procedimiento.
Aunque la citada norma contempla la posibilidad de solicitar una prórroga de cuatro meses, la concesión de las mismas se reservará a casos muy excepcionales y justificados.
La potencia asociada a las instalaciones que sean canceladas del registro de preasignación se incorporará como potencia adicional a la convocatoria siguiente a su cancelación, en el mismo tipo o subtipo, según corresponda.
Dado el elevado número de solicitudes presentadas en cada convocatoria respecto de los cupos previstos, resulta especialmente importante recuperar aquella potencia que no haya sido ejecutada.